TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA AUTORIZACIÓN DE USO DEL SERVICIO DE VEHÍCULO DE ALQUILER
FORMA DE PAGO, DURACION Y PRORROGA DEL ALQUILER
– El pago del importe de alquiler y la fianza expresadas en el contrato de alquiler, deberá ser realizado mediante tarjeta de crédito, en
nuestras oficinas, en el momento de la retirada del vehículo.
– La duración del contrato será la pactada en el contrato, y se facturara en base a periodos de veinticuatro horas, contando desde la
hora de inicio que figura en dicho contrato. Existe un periodo de cortesía de 30 minutos, superado el cual se factura un día adicional
de alquiler conforme al precio aplicable según la Tarifa General Vigente.
– El arrendatario que desee prolongar la duración que figura en el presente contrato como fecha de devolución del automóvil, se
compromete a obtener previamente autorización expresa del Arrendador y a pagar de inmediato el importe adicional para dicha
prolongación. En ningún caso la cantidad abonada, ni la fianza depositada al inicio del contrato, podrá servir para una prolongación
del mismo.
– En caso de demora en la devolución del vehículo de alquiler, el Arrendatario deberá pagar al Arrendador el precio establecido
según el presente contrato del coste-día más un 30% de gastos de demora, por cada día que exceda de la fecha de contratación. Si
el vehículo no es devuelto en la fecha y hora de devolución estipulada en el contrato, la cobertura del seguro que cubre los daños
del vehículo quedará automáticamente anulada, quedando el vehículo sin Seguro. De surgir algún siniestro, los daños serán
enteramente a cargo del arrendatario.
– Solo se considera terminado el servicio, cuando el vehículo y las llaves del mismo hayan sido recepcionadas por el Arrendador. Si
el vehículo no es devuelto al finalizar el contrato, el Arrendador se reserva el derecho a interponer una denuncia por apropiación
indebida. La empresa se reserva el derecho de renovación del contrato.
– El vehículo debe ser entregado en la misma Oficina de recogida.
CONDICIONES ALQUILER DE VEHÍCULOS
– El conductor del vehículo de alquiler sólo puede ser la persona/s autorizada/s por este documento, en caso contrario, de sufrir
algún percance con el vehículo, El arrendatario y/o conductores serán los únicos responsables de los daños que sufra el vehículo y
tendrán que pagar el importe de la reparaciones o daños ocasionados, además de lo días de inmovilización del vehículo.
– Los términos, condiciones y limitaciones de la póliza de seguro del vehículo, que figuran en la copia que se encuentra en el
vehículo alquilado, se aplicarán en todo momento a la autorización de uso del vehículo de alquiler, siendo condición imperativa que
el conductor arrendatario cumpla con la condición de ser mayor de 24 años y 2 años de antigüedad mínima de Canet de conducir
homologado por las autoridades españolas.
– Sin el consentimiento escrito previo dado por El Arrendador, el vehículo no se puede sacar del territorio en el que se alquila,
entendiendo que dicho territorio es la isla en la que se haya realizado el alquiler.
UTILIZACION DEL VEHICULO
– El vehículo no debe ser conducido de modo que anule la póliza o cualquier otro contrato de seguro, ni contravenga las normas del
código de circulación ni por cualquier persona que no esté autorizada a conducir el vehículo o que esté bajo la influencia del alcohol
o drogas.
– El Arrendatario no podrá utilizar el vehículo para participar en competiciones de ningún tipo, Transportar mercancías inflamables
y/o peligrosas, productos tóxicos, nocivos o que infrinjan las disposiciones legales vigentes, así como el trasporte de mercancías en
peso, cantidad y/o volumenes superiores al autorizado en el permiso de Circulación y/o Ficha de Inspección Técnica de vehículo
– El Arrendatario se compromete a no utilizar el vehículo para empujar o remolcar ningún otro vehículo, remolque u objeto
independientemente de sus características. A no conducir en vías no autorizadas o no pavimentadas o cuyo estado pueda suponer
un riesgo de daños para el vehículo. A no conducir si ha sufrido alguna avería o daño, tanto mecánico como eléctrico o de
carrocería, que pudiera dar lugar a la causa de nuevos daños, a detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine en el cuadro
de instrumentos cualquiera de los testigos que detectan una anomalía de funcionamiento del vehículo o cuando perciba signos
externos que indiquen avería o mal funcionamiento del mismo y a contactar con el Arrendador en el teléfono 678478519 o con la
compañía de asistencia en carretera indicada por el arrendador.
– Queda prohibido al arrendatario ceder, alquilar, hipotecar, pignorar, vender o de cualquier manera dar en garantía el vehículo,
llaves, accesorios o cualquier parte o pieza del mismo.
– No está permitido el transporte de animales. En caso contrario y si a la devolución del vehículo se comprobara que quedan restos
de suciedad en el interior y la tapicería del vehículo, el arrendador cargará al arrendatario la cantidad de 150 euros en concepto de
limpieza, también se cargará esta cantidad en caso de recibir el vehículo anormalmente sucio, independientemente de la causa.
– No está permitido Fumar en el interior del vehículo alquilado, cualquier daño o quemadura causado en las tapicerías o interiores de
los vehículos serán a cargo del Arrendatario.
– Si el Arrendatario no respeta algunas de las condiciones del contrato de alquiler, Archipiélago Renting se reserva el derecho a
retirar el vehículo al arrendatario y a facturar y cobrar de éste, las cantidades que correspondan por incumplimiento de las
condiciones recogidas en el presente documento y/o por el uso del vehículo de modo diferente al pactado por parte del Arrendatario.
COMBUSTIBLE
– El cliente devolverá el vehículo con la misma cantidad de combustible con la que le fue entregado. Si el vehículo se devuelve con
una cantidad de combustible inferior a la que tenía en la fecha de entrega, se cobrará la diferencia correspondiente al combustible
consumido más un cargo adicional de 20 euros en concepto de gastos. El arrendador no se hace cargo del exceso de combustible
con el que el arrendatario entregue el vehículo.
SEGURO
– El Arrendatario se atiene a los términos y condiciones establecidos en la póliza de seguro y no usará ni permitirá que se use el
vehículo fuera de los términos y condiciones de la póliza.
– Los vehículos de Archipielago Renting llevan Seguro a Todo riesgo con Franquicia de 600 euros por siniestro.
– Aunque esté cubierto por la póliza de seguro del vehículo, el Arrendatario deberá pagar el coste de cualquier reparación o daños
que pueda sufrir el vehículo alquilado como resultado de una acción negligente o intencionada del Arrendatario, además, al
Arrendador se guarda el derecho de cobrar los días de alquiler que dure la inmovilización a consecuencia de dicha reparación.
– El Arrendador no es responsable de la pérdida o daños que sufran los objetos guardados o transportados en el vehículo, ni acepta
ninguna responsabilidad por cualquier objeto cuando sea devuelto por el Arrendatario. El Arrendatario indemnizará al Arrendador por
cualquier reclamación relativa a objetos transportados en el vehículo.
– El Arrendatario notificará inmediatamente al Arrendador, por el medio más rápido, cualquier siniestro que sufriera el Vehículo, sin
perjuicio de notificarlo posteriormente por escrito en el plazo máximo de 48 horas, mediante la cumplimentación del correspondiente
parte de accidente. La no cumplimentación del parte de accidente conlleva grandes perjuicios al Arrendador y por lo tanto será
responsable de los mismos el Arrendatario siendo posible que se le exija el abono total de la reparación del Vehículo en cuestión.
EL SEGURO NO CUBRE LOS SIGUIENTES CASOS
Pinchazos, Daños causados en llantas, neumáticos y bajos del vehículo; Daños causados a terceros por negligencias o conducción
temeraria; Conducir bajo los efectos del alcohol, narcóticos o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes; Daños causados al
vehículo como consecuencia de circular por vías no autorizadas al tráfico rodado; Daños por causas ajenas al tráfico rodado, golpes
contra objetos estáticos, y los golpes causados en techo o partes superiores del vehículo, por ejemplo por choques contra árboles,
ramas, puentes, rampas, columnas, etc.; Repostaje de combustible equivocado; Pérdida o rotura de llaves o mandos a distancia,
(Coste en función de la Marca y Modelo del vehículo); Daños a la tapicería, a los interiores, a las cerraduras y accesorios del
vehículo; Pérdida de la documentación del vehículo, Triángulos o Chalecos. Daños o pérdida del asiento del Bebe; Daños del motor
debido a negligencia, daños por mal uso del embrague o caja de cambios; Robo del vehículo con las llaves en el contacto o no
cerrado correctamente.
– El arrendatario es responsable del coste o reparación de los casos descritos anteriormente.
MULTAS, SANCIONES
– Son a cargo del arrendatario y/o conductor todas las multas de tráfico o sanciones que le puedan ser impuestas como
consecuencia de haber contravenido las normas del código de circulación, ordenanzas municipales, etc., con el vehículo alquilado.
El arrendador cobrara al Arrendatario 35,00 Euros en concepto de cargo por gestión de Sanciones de Trafico (Multas).